Secciones:
PReb.com


Indispensable
"Indispensable" litografía
Adquiérala aquí

PReb.com


Archivo de Indias
Discovering the Americas:
The Archive of the Indies



PReb.com


Notas para su Historia
PUBLICACIONES
SOBRE TU PUEBLO


PReb: Puerto Rico en breve

Documentos históricos

Ver más DocumentosMás Tablas



CARTA DE DON Escudo de Corozal ANDRÉS RIVERA
AL GOBERNADOR
quejándose sobre el nepotismo en las primeras elecciones
de Corozal de 1803


(Transcrita con los errores y estilos del original)


Le invitamos a leer también:
Corozal: los primeros años




SELLO QUARTO, UN QUARTILLO,
AÑOS DE MIL OCHOCIENTOS DOS
Y OCHOCIENTOS Y TRES.

Sor. Goberor. Yntendte. y Capn. Gral.
[Señor Gobernador Yntendente y Capitán General ]


Dn. [Don] Andrés de Rivera vecino del nuevo Partido del Corozal ante V.S. [Vuestra Señoría] con el devido respeto se presenta y dice: Que quando se trata del bien comun de un vecindario qualquiera de ésta es parte legítima para proponer aunque con modestia y representar to que se oponga á aquél.

Los vecinos del Corozal confiaron su poder a dos sugetos que tubiéron igualmente votos de su confianza uno Don Jose de Rivera Ortíz y otro Don Juan de Ortega y Torres.

El primero no adelantó cosa alguna en la fabrica de la Yglesia, y aterrándole las dificultades que ocurrieron desmayó en medio de su empresa abandonandola no con poco disgusto del vecindario.

El segundo por su actividad y otros conocimientos que posee concluyó la fábrica, la completó de las alhajas y ornamentos que faltavan, de ayuda de Parroquia consiguió se exigiese en Parroquia deslindado su territorio con aprobación de V.S. y Juez Eclesiático. Estas diligencias se deben a su continua fatiga, fuera de los gastos que ha consumido y el mucho tiempo que ha detraído á la atención de su familia.

Dispuestas así las cosas determinó V.S. establecer Juez territorial por medio de elección, comisionando a Don José Navarro Teniente á Guerra de la Vega. La mayor parte de los votos fué para Ortega y á oir que había correspondido mejor que el primero a los designios de los vecinos, y ya porque advertían en él mas aptitud para el desempeño de la Tenencia á Guerra.

Estas justas consideraciones sirvieron de emulación á algunos y queriendo deprimir el mérito, no faltó quien hiciése sospechoso el manejo del comisionado en la recepcion de los votos.

Conducido V.S. del recto fin de aplasar la parcialidad, y que la elección se tratase con la más interferencia posible, tubo por conveniente nombrar á Don Bernardino de Rivera Teniente á Guerra de Toa-alta para que asociado con el de la Vega procediera [?] ha logrado como naturalmente estará V.S. ...exo[?] ocurrió en la segunda elección.

Basta exponer a V.S. que Don Bernardino es sobrino segundo de Don José de Rivera en cuyo favor[?] empeñó toda la fuerza del parentesco, con cuya pasión se la [?] notablemente para que su tío quedase de Teniente á Guerra, mas bién por efecto de artificio que por voluntario nombramiento de los vecinos. Con sin procedimientos suplió el mucho mérito que [?] su tío en comparación del de Ortega, inclinando á que contra el conocimiento propio votasen por el que menos les há servido é incomodado, siendo innegables los hechos de Ortega como todo caso aparecerán en los expedientes. Mas era preciso se obscureciesen estos en tan poco tiempo quando los contra[?] la facción, la envidia y el poder. Omite el exponente referir [?] cunpariciadamente[?] las demas operaciones de Don Bernardino por que yá las habrá penetrado de la cuenta dada por el comisionado Navarro.

El concurso pues de aquel como sobrino segundo indujo[?] nulidad en lo que ha [?], siendo [?]ible el Comisionado en no haver representado á V.S. su impedimento en intervenir en lo que decia relación á su tío siendo digno de que no se le abone dicta alguna por tan malicioso procedimiento. Como no tubo reparo en admitir un encargo prohivido por el parestesco, también practicó lo mismo en preparar de antemano los animos, persuadiéndoles votaren en favor de su tío.

Para evitar todo genero de parcialidad, parece al exponente medio mas seguro que la justificación de V.S. se sirva nombrar de comisionado para recivir los votos, ó á un Caballero Regidor, Abogado, ó Escribano, quienes como remotos de toda relación con aquellos vecinos tratarán la elección con mayor indiferencia y discernimiento, previniendoles to que V.S. estime por conveniente al mejor acierto en su desempeño: por todo lo qual A V.S. Suplica se sirva [?] como lleva expuesto en lo que con Justa. [Justicia] recivirá merced.

Andrés de Rivera
[firma]

______
Fuente: Negrón Hernández, Luis R.: "Catálogo del Fondo de los Gobernadores Españoles, serie Municipios, Corozal, 1803-1897". Documento original en la caja 445 del Archivo General de Puerto Rico.


Puerto Rico en breve

PReb.com


Renovar subscripción | Privacy Policy | Copyright

© 1990-2021, PReb : Puerto Rico en breve - PReb.com - Derechos Reservados - All Rights Reserved